Gana la banca

Cada desahucio del que tenemos noticia evidencia la sobreprotección que la legislación hipotecaria le ofrece a las entidades financieras frente a los ciudadanos. Sin embargo existen otras características de las deudas hipotecarias menos conocidas pero igual de perversas: entre ellas el tándem formado por los conceptos «interés moratorio» y «resolución anticipada».

El interés moratorio es el porcentaje aplicado sobre el capital adeudado en caso de impago. Se configura como un castigo para quien se retrasa en el pago de su cuota hipotecaria y normalmente se fija en el 29% anual sobre el importe de las cuotas adeudadas.

Por su parte, la resolución anticipada es la facultad otorgada a la entidad financiera para, en caso de impago de la cuota hipotecaria, tener por resuelto el contrato y considerar vencida la deuda, de modo que el deudor queda obligado a la devolución inmediata de la totalidad del importe del préstamo.

La combinación de ambos conceptos resulta fatal para el deudor y muy lucrativa para el banco, ya que en caso de resolución anticipada los intereses moratorios se aplicarán a todo el importe del préstamo y no sobre las cuotas impagadas. Consideremos una hipoteca en la que la deuda asciende a 180.000€. Si el deudor deja de pagar las cuotas hipotecarias y el banco decide dar por vencido el préstamo, los intereses moratorios gravarán al 29% anual dicha cantidad, lo que significa que, por el hecho de no poder pagar la hipoteca, el banco ganará 4.350€ al mes. Nadie negará que es un excelente negocio.